"Los depósitos entre familiares no pagan impuestos" es medio mito y medio verdad — y la mitad que te toque depende de tres cosas: quién te lo da, cómo lo documentas y si lo informas. La ley es más generosa de lo que temes con la familia directa y más dura de lo que crees con todos los demás.
Donativos: el mapa exacto del art. 93
- Exentos sin límite: entre cónyuges, y los que los descendientes reciban de sus ascendientes en línea recta (padres a hijos, abuelos a nietos). También de hijos a padres — con una condición anti-abuso: que el bien donado no se transmita después a otro descendiente en línea recta (el "puente" papá para pasarle a mi hermano no funciona).
- Todos los demás — hermanos, primos, tíos, cuñados, amigos: exentos solo hasta 3 UMA elevadas al año (~$128 mil en 2026); el excedente es ingreso acumulable del que recibe.
Y las formalidades que el monto exige: los donativos de inmuebles requieren escritura pública por ley civil, y en donativos de dinero relevantes la práctica profesional seria es un contrato de donación con fecha cierta (ratificado ante fedatario) — es tu prueba de que aquello fue donativo exento y no ingreso omitido. Revisa además tu legislación estatal: algunas entidades gravan donaciones a nivel local o exigen formalidades adicionales.
La regla de los $600,000 (art. 90 LISR): la trampa silenciosa
Préstamos, donativos y premios que en conjunto excedan $600,000 en el año deben informarse en tu declaración anual — aunque sean exentos, aunque no generen un peso de impuesto. La sanción por callarlo es quirúrgica: lo no informado puede tratarse como ingreso omitido vía discrepancia fiscal. Es decir: el donativo perfectamente exento de tu padre se convierte en ingreso gravable con multas, no por su naturaleza, sino por tu silencio en un campo del formulario. Es la obligación con la peor relación esfuerzo-consecuencia de todo el sistema para personas físicas patrimoniales.
¿Mueves dinero dentro de tu familia sin arquitectura?
Las familias empresarias transfieren dinero constantemente — apoyos, educación, anticipos de herencia, capital semilla. Strategium diseña el protocolo familiar de transferencias: qué va como donativo, qué como préstamo, qué como capital, con sus contratos, escrituras e informativas al día. Orden hoy o discrepancia mañana.
Préstamos: neutros cuando son reales, explosivos cuando son disfraz
El préstamo genuino no detona ISR — no hay incremento patrimonial: entra un millón, debes un millón. Requisitos de supervivencia: contrato con fecha cierta, condiciones creíbles (plazo, y en préstamos no familiares, intereses — que además tienen su propio tratamiento fiscal), flujo bancarizado y, sobre todo, pagos reales. El "préstamo" eterno que nunca se paga, entre partes que jamás se lo cobrarían, es la recaracterización favorita de la autoridad: como ingreso, como dividendo ficto si viene de tu empresa (art. 140 LISR trata como dividendo los préstamos a socios salvo requisitos estrictos de plazo y pacto), o como donativo gravado si el "prestamista" es tu cuñado. Y aplica la misma regla de los $600,000: préstamo relevante no informado = boleto a la discrepancia.
Preguntas frecuentes
Mi papá me va a dar el enganche de mi casa, ¿pago impuestos?
No — donativo de ascendiente a descendiente, exento sin límite. Documenta la transferencia como donativo (contrato simple con fecha cierta es buena práctica) e infórmalo en tu anual si con otros donativos y préstamos rebasa $600,000 en el año. Ese renglón informativo es la diferencia entre exento y problema.
¿Puedo 'prestarle' a mi hermano y luego perdonarle la deuda?
La condonación de una deuda es ingreso para el deudor en el momento del perdón — y entre hermanos no hay exención ilimitada de donativos. El rodeo no mejora el resultado fiscal del regalo directo; solo agrega un documento más que explicar. Si el objetivo es apoyarlo, hay rutas mejores según el monto (incluyendo el puente vía ascendientes, bien ejecutado y sin la cláusula anti-abuso en contra).
¿El dinero de mi esposo a mi cuenta cuenta como ingreso mío?
Entre cónyuges los donativos están exentos sin límite. El flujo doméstico normal no es problema; los montos patrimoniales grandes conviene documentarlos e informarlos igual que el resto — la exención te protege del impuesto, el papel te protege de la presunción.
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