← Volver al blog Laboral y seguridad social · 4 min de lectura

Días festivos oficiales 2026 en México: fechas, ley y cómo se pagan

Respuesta rápidaCalendario completo de días de descanso obligatorio 2026 según el art. 74 de la LFT, qué pasa si trabajas un festivo (pago triple) y qué días no son obligatorios.

Estos son los días de descanso obligatorio en México para 2026 conforme al artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo — los únicos que un patrón está legalmente obligado a otorgar con goce de sueldo. Todo lo demás (Semana Santa, 10 de mayo, 12 de diciembre, puentes escolares) es prestación voluntaria o costumbre, no obligación.

Días de descanso obligatorio 2026

FechaFestividadFundamento
Jueves 1 de eneroAño NuevoArt. 74, fracc. I LFT
Lunes 2 de febreroDía de la Constitución (por el 5 de febrero)Art. 74, fracc. II LFT
Lunes 16 de marzoNatalicio de Benito Juárez (por el 21 de marzo)Art. 74, fracc. III LFT
Viernes 1 de mayoDía del TrabajoArt. 74, fracc. IV LFT
Miércoles 16 de septiembreDía de la IndependenciaArt. 74, fracc. V LFT
Lunes 16 de noviembreRevolución Mexicana (por el 20 de noviembre)Art. 74, fracc. VI LFT
Viernes 25 de diciembreNavidadArt. 74, fracc. VIII LFT

2026 no incluye el descanso por transmisión del Poder Ejecutivo Federal (fracc. VII, cada seis años — el próximo será el 1 de octubre de 2030) ni jornada electoral federal ordinaria.

¿Cuánto te deben pagar si trabajas un día festivo?

El artículo 75 de la LFT es claro: quien trabaja en día de descanso obligatorio tiene derecho a su salario del día más un salario doble por el servicio prestado — coloquialmente, el "pago triple". Si además el festivo coincide con tu día de descanso semanal y trabajas, se suma la prima del 25% del art. 71 sobre el salario ordinario. El patrón no puede obligarte a laborar el festivo salvo pacto, y el pago no se sustituye con "día a cambio" salvo acuerdo expreso.

Festivos oficiales vs. días feriados bancarios y escolares

No confundas tres calendarios distintos: el de la LFT (esta lista — el que obliga a tu patrón), el bancario (lo define la CNBV; los bancos cierran algunos días que no son descanso obligatorio, como el Jueves y Viernes Santo) y el escolar de la SEP (los famosos puentes que no aplican a los trabajadores). Tu derecho laboral se rige solo por el primero.

¿Eres patrón? Los festivos mal pagados son demandas seguras

El pago incorrecto de festivos laborados y primas dominicales es de los conceptos más reclamados en juicios laborales — y de los más fáciles de corregir. Strategium audita tu nómina y tus políticas de descansos para que cada peso esté bien pagado y bien documentado.

Preguntas frecuentes

¿El Jueves y Viernes Santo son días festivos oficiales?

No. Son feriados bancarios y de costumbre en muchas empresas, pero no aparecen en el art. 74 de la LFT: si tu empresa los da, es prestación superior a la ley.

¿Qué pasa si el festivo cae en mi día de descanso semanal?

Si no trabajas, no pasa nada — descansas y se paga normal. Si trabajas, acumulas el pago del art. 75 (doble adicional) y, en domingo, la prima dominical del 25%.

¿El patrón puede cambiarme el festivo por otro día?

Solo por acuerdo. Los lunes de febrero, marzo y noviembre ya están 'corridos' por la propia ley; el resto son fechas fijas y el descanso es en la fecha, salvo pacto en contrario con el pago correspondiente.

Hablemos de tu caso

El primer paso siempre es el mismo: un diagnóstico honesto de dónde estás parado. Escríbenos por WhatsApp o llámanos — respuesta el mismo día hábil.

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