Empecemos por lo que sí es legal, porque se pierde en el ruido: invertir en el extranjero es perfectamente lícito. Un residente mexicano puede abrir cuentas en Estados Unidos, España o Suiza, comprar ETFs, bonos o bienes raíces — siempre que el dinero tenga origen acreditable y los rendimientos se declaren en México. El problema no es la cuenta: es el silencio.
La era del secreto bancario terminó (y nadie avisó a los optimistas)
Dos marcos de intercambio automático de información operan sobre prácticamente todo el sistema financiero global: FATCA (el régimen estadounidense) y CRS (el estándar común de la OCDE, suscrito por más de cien jurisdicciones, México incluido). Traducción operativa: cuando abres una cuenta en el extranjero, la institución identifica tu residencia fiscal y reporta saldos, intereses y dividendos a las autoridades de tu país — cada año, sin que nadie lo solicite. El SAT no tiene que encontrarte: le llegas en un archivo.
Dónde está la línea penal
Omitir ingresos del extranjero en tu declaración es omisión de contribuciones; hacerlo mediante ocultamiento — cuentas a nombre de terceros, dinero "bancarizado" fuera sin declarar su origen, estructuras cuya única función es esconder — encuadra en defraudación fiscal (arts. 108 y 109 CFF), un delito con pena de prisión que escala con el monto y se agrava con conductas como el uso de documentos falsos. La combinación letal es la clásica: ingresos no declarados en México + envío al extranjero + omisión del reporte = discrepancia fiscal detectable, con la ruta penal abierta.
¿Tienes cuentas fuera y dudas de tu situación? Ese es el momento exacto de actuar
La regularización espontánea — antes de que la autoridad requiera — cambia radicalmente el escenario: se pagan las contribuciones omitidas con accesorios, y se cierra la exposición penal por esos hechos. Strategium evalúa tu caso con números y te presenta las rutas: desde la corrección simple hasta la reestructuración internacional completa. Confidencialidad absoluta, como todo lo que hacemos.
Cómo se ve el patrimonio internacional bien hecho
- Origen documentado: cada peso que sale de México tiene su historia fiscal cerrada — utilidades que ya pagaron ISR, dividendos con su retención, ventas declaradas. El expediente de origen es tu primera línea de defensa perpetua.
- Rendimientos declarados: intereses, dividendos y ganancias del extranjero se acumulan en tu anual mexicana, con acreditamiento del impuesto pagado afuera vía tratados — en muchos casos el costo marginal es menor del que temes.
- Estructuras con propósito real: LLCs, sociedades extranjeras o fideicomisos tienen usos legítimos (sucesión, responsabilidad, acceso a mercados) — y regímenes de transparencia y REFIPRE que obligan a reportar. La estructura que "te ahorra impuestos" solo porque nadie la ve no es estructura: es una bomba de tiempo con tu nombre.
Preguntas frecuentes
Heredé dinero que está en una cuenta en EE.UU., ¿tengo problema?
Las herencias están exentas de ISR para el heredero, pero deben declararse (informativamente) cuando rebasan ciertos montos, y los rendimientos posteriores sí son acumulables. Con documentación de la sucesión, tu caso se ordena bien — el error sería dejar la cuenta en silencio años.
¿Cuánto cuesta regularizar cuentas no declaradas?
El ISR omitido de los ejercicios abiertos (hasta 5 años), con actualización y recargos. Duele, pero es un número finito y calculable — contra una exposición penal que no prescribe igual y crece con cada ejercicio de silencio. Primero se cuantifica; con el número en la mesa, la decisión suele ser obvia.
¿El SAT realmente usa la información de CRS?
Sí — los datos alimentan cartas invitación y programas de fiscalización de ingresos del extranjero desde hace años. La pregunta correcta no es si la usan, sino en qué lugar de la fila estás tú.
Hablemos de tu caso
El primer paso siempre es el mismo: un diagnóstico honesto de dónde estás parado. Escríbenos por WhatsApp o llámanos — respuesta el mismo día hábil.